Inicio · Deudas de autónomos · Cerrar un negocio con deudas

Deudas con Orden

Cerrar un negocio con deudas

Lista de decisiones laborales, fiscales, contractuales y concursales antes del cierre.

Revisado: 30 de julio de 2026

Dejar de operar no equivale a cerrar correctamente. Hay que coordinar trabajadores, contratos, stock, impuestos, Seguridad Social y posibles obligaciones concursales.

Idea clave: ordena primero los hechos y documentos. La estrategia correcta depende del tipo de deuda, del patrimonio y del procedimiento que ya exista.

Qué debes revisar

  • Preparar un inventario y estado de tesorería.
  • Revisar contratos y preavisos.
  • Atender obligaciones laborales y de Seguridad Social.
  • Presentar bajas y declaraciones pendientes.
  • Valorar concurso si no pueden pagarse regularmente las deudas.

Documentos que conviene reunir

  • Balance de cierre
  • Contratos vigentes
  • Relación de trabajadores
  • Inventario
  • Calendario fiscal

Pasos prácticos

  1. Pide un saldo actualizado y localiza todas las notificaciones.
  2. Construye una cronología con contratos, pagos, reclamaciones y procedimientos.
  3. Clasifica cada deuda por acreedor, garantía y estado.
  4. Compara las alternativas por coste total, plazo y riesgo patrimonial.
  5. Antes de firmar o dejar vencer un plazo, solicita una revisión profesional si el efecto puede ser difícil de revertir.

Errores frecuentes

  • Mirar solo la cuota y no el coste o el riesgo total.
  • Ocultar información por miedo a que perjudique el caso.
  • Confiar en acuerdos verbales o en promesas de resultado.
  • Esperar hasta que haya vencido un plazo judicial o administrativo.
Precaución: Vender activos deprisa o sin valor de mercado puede generar problemas posteriores. Documenta valoración, destino del dinero y motivo de cada operación.

Base legal y actualización

Esta guía se apoya en el texto refundido de la Ley Concursal, la reforma introducida por la Ley 16/2022 y, cuando corresponde, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la normativa de protección de datos. El BOE mantiene un Código de Segunda Oportunidad actualizado.

Contenido informativo general. No sustituye un diagnóstico jurídico o financiero individual.